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Auto de excarcelación

La AN cree que existe 'peligro patente' para la vida de Uribetxebarria

Redacción

20/09/2012

El tribunal presidido por Fernando Grande-Marlaska ha dado a conocer el auto judicial en el acordaban ratificar la decisión de conceder la libertad condicional a Uribetxebarria

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La Sección primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional concedió la libertad condicional al expreso de ETA Josu Uribetxebarria al estimar que existía "un peligro claro, notorio y manifiesto para la vida del paciente de fallecer en un corto periodo de tiempo".

El tribunal presidido por Fernando Grande-Marlaska ha dado a conocer el auto judicial en el que cuatro de los cinco componentes de la sección acordaban ratificar la decisión del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria de conceder la libertad condicional a Uribetxebarria, que cumplíacondena por tres asesinatos y dos secuestros, uno de ellos el del funcionario de prisiones José Antonio Ortega Lara.

El quinto magistrado, Nicolás Poveda, ha emitido un voto particular en el que se pronuncia a favor del recurso presentado por la Fiscalía y sostiene que "en ningún momento" los médicos mencionan la expresión 'riesgo de muerte' para referirse a la situación actual del paciente.

La mayoría de la sala, sin embargo, subraya que todos los informes médicos emitidos, sean de facultativos del Hospital Donostia, como los del forense o los de la cárcel de Zaballa, coinciden en que el padecimiento del recluso es grave e incurable.  "Tiene un muy mal pronóstico, con máxima probabilidad el proceso es irreversible e incurable", señala.

El auto señala que las diferencias entre los facultativos se plantea a la hora de ofrecer un pronóstico de supervivencia. Según la médico forense, la media de supervivencia es de once meses y tres días, mientras que los facultativos del hospital hablan de una supervivencia de entre siete meses y 29 días.

Los magistrados señalan que esa diferencia de opiniones "no impide afirmar que existe un peligro claro, notorio y manifiesto para la vida del paciente de fallecer en un corto periodo de tiempo".

Estas circunstancias llevan al tribunal a considerar que se dan las condiciones previstas en la ley para acceder a la libertad condicional por parte del recluso.

La resolución judicial subraya que la ley incorpora "el principio de humanidad de las penas" y que la finalidad de la ley es "evitar el internamiento en establecimientos penitenciarios de enfermos muy graves con padecimientos incurables cuando exista peligro patente para la vida".

Los magistrados recuerdan que la libertad condicional no significa la liberación del condenado ni la extinción de su responsabilidad penal y que el juez Castro ha impuesto al etarra reglas de conducta que debe cumplir, como la prohibición de
acercarse a sus víctimas o de participar en manifestaciones públicas de enaltecimiento del terrorismo.

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