
· Mercado regulado: Es el tipo mercado donde el Gobierno de España establece el precio del producto, en este caso, el de la energía.
· Mercado Libre: el Estado no establece ninguna tarifa y son las empresas eléctricas las que se encargan de poner un precio a sus productos, dependiendo del mercado.
· Tarifa de último Recurso (TUR): Tarifa que continúa siendo regulada por el Estado y que se impondrá a los usuarios que tengan contratada una potencia inferior a 10kW (casi el 100% de los hogares). Como su propio nombre indica, es muy probable que sea una medida provisional entes de que todos los usuarios deban pasar al mercado libre.
· Empresa distribuidora: Es la empresa que produce la energía, la empresa eléctrica. A partir del 1 de julio, no podrán tener contacto directo con el cliente y deberán hacerlo mediante la empresa-comercializadora.
· Empresa comercializadora: Será la encargada de gestionar las facturas, tramitar los contratos y gestionar reclamaciones, entre otras cosas. Es la figura del 'intermediario' entre el cliente y la empresa distribuidora.
· Déficit Tarifatario: son las pérdidas que el Estado debe asumir al haber mantenido durante años un precio de la energía por debajo de lo que lo hacen la empresas para poder obtener beneficios. La única manera con la que el Estado puede deshacerse de semejante Déficit es incitando a los consumidores hacia el mercado libre y potenciando la competitividad en el mercado, de manera que pase a ser un asunto comercial entre cliente y comercializador.
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